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Traspaso/Fusión
Un traspaso/fusión puede ser anotado para una solicitud o un registro de marca/patente. Los traspasos parciales son aceptados para las marcas a condición de que sea requerida una solicitud o registro divisional antes de la anotación. Los traspasos limitados a una parte del país no son aceptados. No se requiere que el documento de traspaso incluya la transferencia del negocio relacionado y/o el "goodwill".
El documento de traspaso es sometido a examen por parte de la Oficina, la cual requiere al solicitante cumplir con los requerimientos en caso de alguna omisión o irregularidad. No es sometido a la aprobación de autoridades públicas.
No existe un término límite para anotar un traspaso/fusión después que el traspaso/fusión ha ocurrido. Sin embargo, la anotación es importante para poder hacer valer una solicitud/registro de marca/patente, para evitar que la marca sea citada por la Oficina en contra de una nueva solicitud para una marca similar presentada por el cesionario y para poder mostrar evidencias de uso a nombre del cesionario en una cancelación por no uso.
Los documentos y la información necesaria para la presentación de una anotación de traspaso/fusión son los siguientes:
- Nombre del cedente. - Dirección del cedente. - Nombre del cesionario. - Dirección del cesionario. - Número de solicitud/registro. - Marca/Título de la invención - Poder firmado por un representante de la compañía cesionaria - Documento de traspaso / acuerdo de fusión o copia certificada de los       mismos. Un documento o declaración de traspaso simplificado firmado     por ambas partes es aceptado.
El documento de traspaso debe ser traducido al español. No requiere ningún tipo de legalización para casos de marcas. En los casos de patentes los documentos deben ser legalizados hasta por el Consulado cubano más cercano.
El Poder no necesita legalización, debe ser simplemente firmado por un representante de la compañía solicitante. El poder puede ser presentado posteriormente a condición que se pague una tasa de recargo.
Cambio de Nombre
Un cambio de nombre puede ser anotado para una solicitud o un registro de marca.
No existe un término límite para anotar un cambio de nombre después que el cambio ha tenido lugar. Sin embargo, la anotación es importante para poder hacer valer una solicitud/registro de marca/patente, para evitar que la marca sea citada por la Oficina en contra de una nueva solicitud para una marca similar presentada por el mismo titular y para poder mostrar evidencias de uso a nombre del nuevo titular en una cancelación por no uso.
Los documentos y la información necesaria para la anotación de un cambio de nombre son los siguientes:
- Nombre del solicitante/titular actual.
- Dirección del solicitante/titular actual.
- Nombre del nuevo solicitante/titular.
- Número de solicitud/registro.
- Marca/Título de la invención.
- Poder firmado por un representante de la nueva compañía solicitante o titular.
-Extracto original del Registro Comercial / Gaceta Oficial o copia certificada de los mismos. En los casos de marcas una simple declaración del agente es suficiente.
Los documentos deben ser traducidos al español. No requieren ningún tipo de legalización para casos de marcas. En los casos de patentes los documentos deben ser legalizados hasta por el Consulado cubano más cercano.
El Poder no necesita legalización, debe ser simplemente firmado por un representante de la compañía solicitante. El poder puede ser presentado posteriormente a condición que se pague una tasa de recargo.
Cambio de Dirección
Un cambio de nombre puede ser anotado para una solicitud o un registro de marca.
No existe un término límite para anotar un cambio de nombre después que el cambio ha tenido lugar. Sin embargo, la anotación es importante para poder hacer valer una solicitud/registro de marca/patente, para evitar que la marca sea citada por la Oficina en contra de una nueva solicitud para una marca similar presentada por el mismo titular pero con diferente dirección y para poder mostrar evidencias de uso a nombre del titular con la nueva dirección en una cancelación por no uso.
Los documentos y la información necesaria para la anotación de un cambio de dirección son los siguientes:
- Nombre del solicitante/titular.
- Dirección actual del solicitante/titular.
- Nueva dirección del solicitante/titular.
- Número de solicitud/registro.
- Marca/Título de la invención.
- Poder firmado por un representante de la compañía solicitante o titular con la nueva dirección.
- Extracto original del Registro Comercial / Gaceta Oficial o copia certificada de los mismos. En los casos de marcas una simple declaración del agente es suficiente.
Los documentos deben ser traducidos al español. No requieren ningún tipo de legalización para casos de marcas. En los casos de patentes los documentos deben ser legalizados hasta por el Consulado cubano más cercano.
El Poder no necesita legalización, debe ser simplemente firmado por un representante de la compañía solicitante. El poder puede ser presentado posteriormente a condición que se pague una tasa de recargo.
Licencias
Una licencia puede ser exclusiva y no exclusiva, las sub-licencias también son permitidas. Una licencia puede ser anotada para una solicitud o un registro de marca/patente. Una licencia para solamente parte de los productos y/o servicios registrados o para solamente parte del alcance de la protección de la patente o limitada a parte del territorio del país puede ser anotada.
Los acuerdos de licencia que pudieran ser perjudiciales para la economía nacional no podrán ser anotados. El acuerdo de licencia no es sometido a la aprobación de autoridades públicas.
No existe un término límite para anotar una licencia después de su conclusión efectiva. Sin embargo, la anotación es importante para que un licenciatario sea parte en cualquier procedimiento contra terceras partes, para que un licenciatario realice por si solo, con el consentimiento del licenciante, procedimientos contra terceras partes y para poder mostrar evidencias de uso a nombre del licenciatario en una acción de cancelación por no uso, el uso por un usuario no registrado no beneficia al titular.
Los documentos y la información necesaria para la anotación de una licencia son los siguientes:
- Nombre del licenciante.
- Dirección del licenciante.
- Nombre del licenciatario.
- Dirección del licenciatario.
- Número de solicitud/registro.
- Marca/Título de la invención.
- Descripción del los productos y servicios involucrados (en caso de una licencia parcial)
- Poder (si el representante no es el agente que aparece en los registros)
- Acuerdo de licencia original o copia certificada del mismo.
El acuerdo de licencia debe ser traducido al español. No requiere ningún tipo de legalización para casos de marcas. En los casos de patentes los documentos deben ser legalizados hasta por el Consulado cubano más cercano.
El Poder no necesita legalización, debe ser simplemente firmado por un representante de la compañía solicitante. El poder puede ser presentado posteriormente a condición que se pague una tasa de recargo.
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